El nuevo instrumento de recuperación Next Generation EU de la Unión Europea permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes y, en este contexto, se aprobó el 7 de octubre de 2020 el marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, donde se encuadran las nuevas ayudas dentro de la Componente 2 Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana, centrado en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificatorio, tanto en ámbitos urbanos como rurales, dotado con una Inversión total estimada de 6.820 Millones de Euros a repartir del año 2021 al 2026. Su aprobación se ha llevado a cabo el día 5 de octubre de 2021 a través del RD 853/2021.
Este Plan tiene un primer eje destinado a reforzar la inversión pública y privada para reorientar el modelo productivo, impulsando la transición verde, la descarbonización, la eficiencia energética, el despliegue de las energías renovables y la economía circular entre otros objetivos.
La coordinación del plan será llevada a cabo desde el Ministerio de transportes, movilidad y agenda urbana y la gestión será a cargo de las comunidades autónomas.
REPARTO DE LOS FONDOS A LOS MÁS REHABILITADORES
La dotación presupuestaria será de 1.151 millones de euros para el año 2021 para acometer los siguientes programas de ayudas:
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.
- Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.
De esta dotación 1.151 millones de euros se destinarán a atender las subvenciones de los programas de ayuda 1 a 5. Del año 2022 al 2026 el reparto de las ayudas se hará atendiendo al grado de ejecución de las cantidades transferidas y al presupuesto que hubiesen comprometido, asignando también la partida presupuestaria correspondiente al programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.
Las ayudas estarán dirigidas a personas físicas o jurídicas o unidades de convivencia (comunidades de propietarios) que acometan las obras antes del 30 de Junio de 2026 y justificado las mismas antes del 31 de Diciembre de 2026.
A MAYOR AISLAMIENTO, MAYOR SUBVENCIÓN
El porcentaje de subvención de las obras de rehabilitación será asignado en función del porcentaje de ahorro que las obras acometidas produzcan en el consumo de energía no renovable del edificio, siendo un valor creciente que abarcará del 40% al 80% del coste de las obras y proyectos en función del ahorro energético conseguido en la intervención.
En este aspecto, el aislamiento se convierte en piedra angular de las obras de rehabilitación debido a su excelente capacidad para reducir la demanda del edificio la cual influirá directamente sobre los consumos de energía del mismo muy positivamente produciendo un gran ahorro económico a los usuarios y aumentando significativamente el confort dentro de la vivienda.
No podemos olvidar que la rehabilitación en muchos casos se lleva a cabo conviviendo con los usuarios de las viviendas, los cuales no pueden abandonar sus hogares para acometer las obras. El SATE y la fachada ventilada se convierten así en los actores principales de estas intervenciones ya que producirán un máximo ahorro por su elevada eficiencia energética y, al ser una intervención acometida por el exterior del edificio, se realiza sin perjuicio alguno para los usuarios de las mismas.
REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO
- Requisitos previos:
- Zona o barrio delimitado territorialmente por acuerdo de la administración. Podrá ser continuo o discontinuo.
- Al menos un 50% de la edificabilidad sobre rasante, excluyéndose plantas bajas destinadas a otros usos, deberá tener como uso principal el residencial de vivienda.
- Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar con justificación de cumplimiento del CTE.
- Retirar del edificio objeto aquellos productos de construcción que contengan amianto.
- En el caso de edificios de tipología residencial colectiva que:
- Al menos un 50% de superficie sobre rasante, excluida la planta baja si tiene otro uso, tenga uso residencial de vivienda.
- Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios.
- Acciones subvencionables:
- Acciones de mejora o rehabilitación que consigan la menos un 30% de reducción del consumo de energía primaria no renovable (Cep,nrenv).
- En los edificios situados en las zonas climáticas C, D y E también debe conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda o del edificio de, al menos un 35% en zonas D y E y un 25% en zonas C.
- Cuantía de las ayudas:
CUANTÍA DE LAS AYUDAS PARA REHABILITACIÓN DE BARRIOS | |||
Ahorro energético conseguido con la actuación | Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación | Vivienda | Local comercial u otros usos |
Cuantía máxima de la ayuda por vivienda | Cuantía máxima de la ayuda por m² | ||
30% ≤ ∆Cep,nrenv < 45% | 40% | 8.100 € | 72 € |
45% ≤ ∆Cep,nrenv < 60% | 65% | 14.500 € | 130 € |
∆Cep,nrenv ≥ 60% | 80% | 21.400 € | 192 € |
OFICINAS DE REHABILITACIÓN
- Beneficiarios: Entidades locales, organismos públicos o entidades privadas que se encarguen de la creación o gestión de las oficinas.
- Actuaciones y costes subvencionables:
- Costes de gestión de equipos, y oficinas de información, gestión, tramitación y acompañamiento de las actuaciones de rehabilitación
- Costes por la prestación de servicios de atención a dudas y consultas a los solicitantes de las ayudas.
- Costes por prestación de servicios de apoyo y asesoramiento en materia de eficiencia energética.
- Actividades específicas de promoción y difusión del programa.
- Cuantía de las ayudas: hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada.
REHABILITACION A NIVEL DE EDIFICIO
- Beneficiarios: Propietarios de inmuebles bien sean personas físicas o jurídicas, Administraciones públicas, comunidades de propietarios, empresas arrendatarias o concesionarias d los edificios y agentes y gestores de rehabilitación.
- Requisitos:
- Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar con justificación de cumplimiento del CTE.
- Retirar del edificio objeto aquellos productos de construcción que contengan amianto.
- En el caso de edificios de tipología residencial colectiva que:
- Al menos un 50% de superficie sobre rasante, excluida la planta baja si tiene otro uso, tenga uso residencial de vivienda.
- Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios.
- Acciones subvencionables:
- Acciones de mejora o rehabilitación que consigan la menos un 30% de reducción del consumo de energía primaria no renovable.
- En los edificios situados en las zonas climáticas C, D y E también debe conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda o del edificio de, al menos un 35% en zonas D y E y un 25% en zonas C.
- Cuantía de las ayudas:
CUANTÍA DE LAS AYUDAS PARA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS | |||
Ahorro energético conseguido con la actuación | Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación | Vivienda | Local comercial u otros usos |
Cuantía máxima de la ayuda por vivienda | Cuantía máxima de la ayuda por m² | ||
30% ≤ ∆Cep,nrenv < 45% | 40% | 6.300 € | 56 € |
45% ≤ ∆Cep,nrenv < 60% | 65% | 11.600 € | 104 € |
∆Cep,nrenv ≥ 60% | 80% | 18.800 € | 168 € |
MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS
- Beneficiarios: Propietarios o arrendatarios de viviendas, bien sean personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada y agentes o gestores de rehabilitación, empresas promotoras, constructoras o de servicios energéticos.
- Requisitos: Viviendas que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios.
- Actuaciones subvencionables:
- Aquellas que consigan una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
- Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a las establecidas por el CTE HE1 en las tablas 3.1.1a y 3.1.3a.
- Honorarios profesionales de redacción de proyectos, informes y certificados energéticos necesarios.
- Cuantía de las ayudas:
- Coste mínimo de la actuación de 1.000 € por vivienda.
- Importe máximo de la subvención será del 40% de la inversión subvencionable, con un límite de 3000€.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS PARA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS | |||
Nivel de la intervención | Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación | Cuantía máxima de la ayuda por vivienda | Invesión mínima subvencionable |
≥ 7% calef + refrigereación o ≥ 30% ∆Cep,nrenv | 40% | 3.000 € | 1.000 € |
LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE Y REDACCIÓN DE PROYECTOS DE REHABILITACIÓN
- Beneficiarios: Propietarios o arrendatarios de viviendas, bien sean personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada y comunidades de propietarios.
- Requisitos:
- Edificios finalizados antes del año 2.000
- Al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante, excluidas plantas bajas destinadas a otros usos, tenga un uso residencial de vivienda.
- Cuantía de las ayudas:
- Libro del edificio:
- Viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 €, más 60 € por vivienda.
- Edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 €, más 40 € por vivienda, con un máximo de subvención de 3.500 €.
- Proyectos de rehabilitación:
- Viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 4.000 €, más 700 € por vivienda.
- Edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 €, más 300 € por vivienda, con un máximo de subvención de 30.000 €.
- Libro del edificio:
CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN ALQUILER SOCIAL EN EDIFICIOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES
- Beneficiarios: Administraciones y organismos públicos públicas, así como empresas público-privadas y sociedades mercantiles participadas, pudiendo desarrollarse las actuaciones mediante fórmulas de partición público-privada.
- Requisitos:
- Viviendas de nueva construcción o procedentes de rehabilitación que deberán destinarse al alquiler social durante 50 años.
- Los edificios deberán tener un consumo menor de energía no renovable a los indicados en la siguiente tabla:
Valor límite de Cep,nrenv [kWh/m² * año] | ||||||
α | A | B | C | D | E | |
Teritorio peninsular | ≤ 16,0 | ≤ 20,0 | ≤ 22,4 | ≤ 25,6 | ≤ 30,4 | ≤ 34,4 |
Territorio extrapeninsular (Illes Balears, Canarias, Ceuta y Melilla) | ≤ 20,0 | ≤ 25,0 | ≤ 28,0 | ≤ 32,0 | ≤ 38,0 | ≤ 43,0 |
- Cuantía de las ayudas:
- Ayuda proporcional a la superficie útil de la vivienda hasta un máximo de 700€, con un límite de 50.000€ por vivienda.
MAPA DE AYUDAS POR CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Andalucía

ANDALUCÍA

Presupuesto 2021 + 2022:
441.198.000,00 €
Asturias

ASTURIAS

Presupuesto 2021 + 2022:
60.960.000,00 €
Illes Balears

ILLES BALEARS

Presupuesto 2021 + 2022:
63.500.000,00 €
Canarias

CANARIAS

Presupuesto 2021 + 2022:
116.840.000,00 €
Cantabria

CANTABRIA

Presupuesto 2021 + 2022:
33.020.000,00 €
Castilla La Mancha

CASTILLA LA MANCHA

Presupuesto 2021 + 2022:
106.680.000,00€
Castilla y León

CASTILLA Y LEÓN

Presupuesto 2021 + 2022:
137.160.000,00 €
Catalunya

CATALUNYA

Presupuesto 2021 + 2022:
411.480.000,00 €

Oficinas de rehabilitación:
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Ceuta

CEUTA

Presupuesto 2021 + 2022:
25.400.000,00 €
Comunidad Valenciana

COMUNIDAD VALENCIANA

Presupuesto 2021 + 2022:
274.320.000,00 €
Extremadura

EXTREMADURA

Presupuesto 2021 + 2022:
58.420.000,00 €
Galicia

GALICIA

Presupuesto 2021 + 2022:
147.320.000,00 €
Comunidad de Madrid

MADRID

Presupuesto 2021 + 2022:
355.600.000,00 €
Melilla

MELILLA

Presupuesto 2021 + 2022:
2.540.000,00 €
Murcia

MURCIA

Presupuesto 2021 + 2022:
73.660.000,00 €
Navarra

NAVARRA

Presupuesto 2021 + 2022:
35.560.000,00 €
País Vasco

PAIS VASCO

Presupuesto 2021 + 2022:
124.460.000,00 €
La Rioja

LA RIOJA

Presupuesto 2021 + 2022:
17.780.000,00 €

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